Comprar dólar turista en AFIP con recargo del 35%
El precio del Real Blue del 4 de Diciembre se ubicaba en ($3,8994). En el mercado oficial el Real se depreciaba un 0,6% a (2,391 unidades por dólar) para la venta y se negociaba a (2,390 reales) para la compra. En Brasil la Bolsa de San Pablo sufría su tercer caída seguida en la semana retrocediendo levemente un (0,26%), además reflejando las pérdidas en los principales mercados internacionales aunque no se vió tan afectado.
Cotizaciones Tipos de Reales:
Real Oficial ————- $2.5996
Real Turistico ——– $3,5095
Real Blue —————— $3,8994
Precio del Real Turístico:
La cotización del Real turístico queda bajo la fórmula de tener que incluirle el recargo del 35% a la cotización del Real oficial, para compras con tarjetas de crédito o débito en divisas, para compra de paquetes turísticos al exterior, y para compra de divisas en AFIP. Algo que influye para viajar a Brasil y los precios de pasajes y hoteles para el Mundial 2014.
Según Resolución General 3550 se explica que esta medida del recargo del 35% se da por “Decisiones de política económica tornan aconsejable extender la utilización [del impuesto a las Ganancias y/o Bienes Personales] a la venta de moneda extranjera para gastos de turismo y viajes”.
Comprar Real Turístico Nuevo Recargo del 35%:
Algo a considerar es que desde el 3 de Diciembre las compras con tarjetas de crédito y/o débito en reales se les aplicará el nuevo recargo del 35% -anterior 20%-que hata ahora se aplicaba solamente a los consumos en el exterior con tarjetas o por compra por Internet a sitios extranjeros, pero junto a la novedad del recargo del 35% es que quedan alcanzadas las operaciones por compra de moneda extranjera para turismo como el real además de dólares y euros para viajes.
Tal modificación, en cuanto a la suba del recargo al 35% y que queden alcanzadas las compras de divisas para viaje al exterior figuran en el boletín oficial mediante Resolución General 3550, que pasa a modificar la hasta ahora vigente Resolución General 3450 sobre consumo con tarjetas en el exterior y ahora las operaciones cambiarias.
Los que compren reales para viajar tendrán un recargo por compras en el exterior con tarjeta de crédito y/o débito por dichas operaciones pudiendo utilizar tal monto en concepto y a cuenta del impuesto a las Ganancias y Bienes Personales algo que no se modifica.
Desde Cuando Rige:
Otro punto a destacar es que la modificación estará vigente en diferentes fechas, la primera fue el 3 de Diciembre las operaciones de venta de moneda extranjera para gastos de turismo y viajes, y la otra fecha el Lunes 9 de Diciembre para compra de moneda extranjera, se da dicha fecha para permitirles a las casas de cambios y otras entidades autorizadas para operar estando autorizadas por el Banco Central para que actualicen sus respectivos sistemas.
Por lo mencionado la Resolución General 3550 establece que “Hasta dicha fecha, el adquirente de moneda extranjera deberá efectuar un pago a cuenta del Impuesto a las Ganancias o del Impuesto sobre los Bienes Personales en función del aumento del 35%”.